Entra en vigor el nuevo Reglamento del Juego para ajustar la oferta y prevenir el juego patológico en Euskadi
El pasado martes 15 de febrero se publicó una modificación del Decreto que actualiza el Reglamento General del Juego en Euskadi que, entre otras cuestiones, establece las distancias de los locales de juego con respecto a los centros educativos, reduce el número y metros mínimos entre establecimientos, aumenta el control de accesos y de la publicidad.
Es una modificación elaborada teniendo en cuenta la situación social y económica actual de Euskadi, un cambio normativo que el Gobierno Vasco se compromete a realizar, a partir de ahora, cada tres años para ajustar la oferta del juego a la situación real de cada momento. El objetivo de esta nueva normativa es triple: ajustar la oferta del juego en Euskadi a los márgenes socialmente tolerables, garantizar la protección de la salud y la prevención del juego problemático, y proteger a las y los menores de edad y colectivos vulnerables.
Distancias
La nueva normativa, en primer lugar, restringe las distancias físicas mínimas requeridas entre establecimientos de juego para evitar los puntos de alta colmatación de este tipo de locales. Una vez analizados los estudios poblacionales y geoespaciales, se han decidido las siguientes medidas:
- La distancia mínima obligatoria entre cualquier local de juego deberá ser de 500 metros radiales. Hasta ahora estaba permitida una distancia de entre 150 y 600 metros según el tipo de local de manera que el Gobierno amplía y unifica la distancia mínima obligatoria, independientemente del tipo de local, a 500 metros radiales (excepto los casinos).
- No podrá haber locales de juego o apuestas a menos de 150 metros de los centros educativos reglados. Se crea, por primera vez, una distancia mínima obligatoria de 150 metros radiales a los centros vascos dónde se estudia primaria, secundaria y Formación Profesional.
Menos locales
En segundo lugar, el nuevo Decreto restringe el número de locales de juego de manera que, en Euskadi solo podrá haber 3 casinos (uno por Territorio Histórico cuya licencia se otorgará por concurso), 1 hipódromo, 14 bingos (los bingos no podrán destinar más del 50% de su superficie a instalar máquinas de juego), 60 locales de apuestas (se mantiene en 3 el número de empresas autorizadas para la explotación de apuestas generales mediante concurso público) y 170 salones de juego.
Además, a partir de ahora, el Gobierno Vasco abre una moratoria y no otorgará nuevos permisos de explotación de máquinas para la hostelería y salones de juego en los próximos tres años. En estos momentos hay 7.897 máquinas de juego en locales de hostelería. Se marca, también, un espacio mínimo de 3 metros cuadrados para cada puesto de juego.
Control de acceso
Un tercer cambio importante de la nueva regulación se refiere al control de acceso a estos establecimientos: será obligatorio controlar la admisión en la entrada de todos los locales de juego, incluyendo el acceso a sus zonas de hostelería.
A partir de hoy, los establecimientos tendrán un plazo máximo de 9 meses para adaptarse física y técnicamente ya que todos los locales de juegos y apuestas deberán tener sistemas informáticos conectados al registro de personas auto prohibidas al juego del Gobierno Vasco. Los locales deberán impedir el acceso a todas las personas menores de edad, las inscritas en el Registro de Interdicciones al Juego, por tener alguna problemática con el juego o sus facultades limitadas, y las que de forma voluntaria deciden prohibirse el acceso.
Publicidad
El cuarto bloque importante de cambios afecta a la publicidad sobre el juego. El Gobierno intensifica las restricciones de manera que, entre otras medidas:
- Queda prohibida la publicidad sobre el juego en los medios de comunicación entre las 6 de la mañana y las 12 de la noche.
- No podrán publicarse anuncios con personas que tengan notoriedad pública o que sean menores de edad.
- La publicidad no podrá sugerir que el juego es un método fácil para la obtención rápida y sin esfuerzo de dinero.
- No podrá utilizarse como reclamo publicitario el nombre, marca o denominación comercial de instalaciones deportivas, centros de entrenamiento, nombre de equipos o competiciones.
- No podrán patrocinarse camisetas o equipaciones deportivas con establecimientos, empresas u operadores de juego.
- Queda prohibida la publicidad exterior o entrega de folletos a menos de 150 metros de los centros deportivos.
Registro de interdiciones
Finalmente, se amplía la red de lugares en los que las personas pueden inscribirse en el registro de prohibidos. Además de Osakidetza y las asociaciones de rehabilitación, se podrán realizar las inscripciones en las comisarías de la Ertzaintza, en los propios locales de juego y de juego online.
Una vez que una persona forme parte de este registro, no puede acceder a ningún establecimiento de juego de Euskadi salvo que, una vez pasados 6 meses, solicite cancelar la inscripción. Además, el Gobierno Vasco trabaja en la interoperabilidad de los registros de todo el Estado de manera que nadie que esté registrado en ninguna Autonomía pueda acceder a un local de otra.
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