El Ministerio de Consumo y la FEMP colaborarán en materia de protección de los consumidores, juego y nutrición
El Ministerio de Consumo, a través de la Dirección General de Consumo y la Dirección General de Ordenación del Juego; la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan), dependiente del departamento de Alberto Garzón, y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) han firmado un convenio para el desarrollo de un marco común de colaboración en materia de “consumo, protección de los consumidores, actividades de juego y nutrición”.
Así consta en la resolución de 17 de febrero de 2022, de la Secretaría General de Consumo y Juego que publicó este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en la que se explica que el objetivo del convenio marco es establecer un «marco general de colaboración» “permanente” entre las partes firmantes para el “diseño, desarrollo y ejecución de acciones de interés común en los ámbitos local y estatal en materia de protección de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios”.
Tendrá una vigencia de un año, prorrogable por un año por mutuo acuerdo de las partes, hasta un máximo de cuatro años y, en cuanto a líneas de actuación, se han fijado la colaboración para mejorar la coordinación de las políticas en materia de consumo entre las entidades locales y la Administración General del Estado, “mejorando los cauces” para el envío de directrices y cuestiones “de interés” a las OMIC, transmitiendo criterios “consensuados” de actuación o colaborando en campañas de información y promoción.
El convenio contempla coordinar e impulsar con los ayuntamientos políticas que “fomenten” la alimentación “saludable” en todas las etapas de la vida, ofreciendo “garantías de seguridad alimentaria e información de calidad a las personas consumidoras y agentes económicos del sector agroalimentario español”. Actividades que se podrán “canalizar” a través de la Red Española de Ciudades Saludables, la sección de la FEMP dedicada a la promoción y protección de la salud y al bienestar de la ciudadanía, en “concordancia” con los principios de actuación correspondientes al proyecto ‘Healthy Cities» de la Organización Mundial de la Salud.
Convenio general
Las partes se comprometen, además, a “revisar y mejorar” el funcionamiento de las OMIC y del Sistema Arbitral de Consumo, sobre la base de las competencias que tienen atribuidas, introduciendo sistemas de calidad y promoviendo su transición digital, de manera que se disponga de información “permanente y actualizada” sobre las reclamaciones realizadas por los consumidores de los diferentes sectores, las empresas adheridas y los laudos y resoluciones derivadas de las Juntas Arbitrales, así como información de las propias OMIC o las inspecciones realizadas.
De otro lado, Consumo, Aesan y FEMP se proponen “reforzar” el papel de la mediación municipal para resolver “de modo eficaz” los conflictos y reclamaciones que pudieran surgir en las relaciones de consumo en el territorio; fomentar la difusión de buenas prácticas de las corporaciones locales y «propiciar espacios de encuentro» para el intercambio de experiencias municipales en este ámbito y colaborar en el desarrollo de iniciativas dirigidas a la formación “de calidad” de los cargos y técnicos municipales en materia de consumo, así como en la generación de conocimiento a través de la realización y promoción de informes, actos, estudios o publicaciones que contribuyan a este fin.
Además, fomentarán e impulsarán la realización de Congresos Nacionales sobre Consumo y Derechos de los Consumidores, en los que se difunda el “conocimiento y experiencia” acumulado en España en esta materia. Los mismos podrían ser bianuales, de manera que se “retomen” los Congresos Nacionales que se venían realizando sobre las OMIC y las partes también se han marcado como objetivo el de promover las actividades y programas de “educación, formación y sensibilización en materia de consumo de cara a la sociedad en general, a los consumidores y usuarios y a determinados colectivos vulnerables”.
Convenio específico
En este sentido, podrán adoptar convenios específicos para abordar determinadas acciones o programas concretos y las actividades a desarrollar en virtud del convenio marco no implicarán “ningún compromiso financiero”, no darán lugar a contraprestación económica alguna entre las partes firmantes y no supondrán incremento del gasto público.
Para asegurar el cumplimiento del convenio marco, se establece una Comisión de Seguimiento, que estará integrada por dos representantes de cada parte y que tendrá, esencialmente, un carácter técnico y se encargará de “supervisar” el cumplimiento de los términos del presente convenio. Se reunirá al menos una vez al año, resolverá “cuantas incidencias pudieran surgir en el devenir” de la ejecución del convenio marco y podrá reunirse cuantas veces se considere necesario, dentro del plazo de vigencia del mismo, y siempre que alguna de las partes lo solicite.